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El pasado 11 de agosto, se conoció la renuncia de Esseco Industrial a la OPA lanzada el 28 de junio sobre el 100% de Ercros, tras las condiciones impuestas a la operación por parte de la CNMC.
Esseco ha decidido desistir de la OPA sobre el 100% del capital de Ercros, que presentó el 28 de junio de 2024. La decisión de Esseco está motivada por las condiciones que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sujetado su autorización.
El 8 de agosto de 2025, el ministro de Economía, Comercio y Empresa emitió una Orden en la que acordaba no elevar al Consejo de Ministros la resolución de la CNMC de 17 de julio, en la que esta acordaba subordinar la autorización de la concentración económica resultante de la OPA al cumplimiento de determinadas condiciones las cuales fueron comunicadas por el Oferente con fecha 21 de julio de 2025 mediante comunicación de otra información relevante.
Recordemos que las condiciones impuestas por la CNMC para autorizar la operación eran:
La obligación de Esseco de rescindir el contrato de suministro con el grupo coreano UNID para comprar o importar KOH, (en sólido y líquido) y K2CO3, directa o indirectamente, a la península ibérica. Así como la imposibilidad para Esseco de firmar durante los próximos cinco años nuevos acuerdos con UNID para el suministro de esos tres productos potásicos si el destino es, directa o indirectamente, la península ibérica.
Igualmente, el ente regulador de la competencia de nuestro país imponía a Esseco la obligación durante cinco años de no negociar en condiciones de exclusividad con los distribuidores de productos potásicos en la península ibérica, para evitar que se dificultase el acceso a dichos distribuidores por parte de los competidores que asumieran el contrato con el grupo coreano UNID.
La Orden ministerial deviene eficaz la resolución de la CNMV, que pone fin al procedimiento de control de concentraciones económicas en España y faculta a Esseco a desistir de la OPA.
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*Para más información: CNMC – Ercros – Esseco
02.09.2025