PUBLICIDAD

ALIMATIC


Preacuerdo para el XX Convenio General de la Industria Química 2021-2023


09/04/2021

La patronal química española, Feique, y los sindicatos han llegado a un preacuerdo en la negociación del XX Convenio General de la Industria Química, con incrementos salariales del 1 y 2%.

química

El pasado 7 de abril, tras cuatro meses de negociaciones, la Federación Empresarial de la Industria Química Española (Feique) y las organizaciones sindicales CC.OO y UGT FICA firmaron el preacuerdo del XX Convenio General de la Industria Química (XX CGIQ).

Dicho convenio, con una duración de tres años (de 2021 a 2023) afecta a los sectores enmarcados en las actividades económicas de Industria Química (CNAE 20); Farmacéutica (CNAE 21) y Caucho y Plástico (CNAE 22); que suman en total más de 300.000 trabajadores directos.

Así, entre los principales contenidos negociados y aprobados entre patronal y sindicatos para el XX Convenio General de la Industria Química figuran incrementos salariales del 1% para 2021; del 2% para 2022 y del 3% para el año 2023. El incremento de 2021 se aplicará a partir de julio, mientras que las subidas de 2022 y 2023 tendrán efecto a 1 de enero de cada año.

El acuerdo incluye una cláusula de revisión salarial para el periodo 2021-2023, por la diferencia entre la suma de los IPC de los años 2021, 2022 y 2023 y la suma de los incrementos pactados para los referidos años, sin efecto retroactivo.

En cuanto a la jornada máxima anual, se mantiene en 1.752 horas.

Más temas del Convenio de Químicas para 2021-2023

Por lo que respecta al teletrabajo se adapta el artículo del CGIQ correspondiente al Real Decreto-Ley 28/2020 de trabajo a distancia. Igualmente se establece que tanto la compensación económica y como la dotación de medios se pactará mediante acuerdos individuales o colectivos. Si no hubiere acuerdo, la compensación económica será de 35€/mes para personas trabajadoras a jornada completa y del 100% de trabajo a distancia. En otras situaciones la parte proporcional que corresponda. También se establece la posibilidad de pactar en acuerdos colectivos la necesidad de mutuo acuerdo para la reversibilidad del trabajo a distancia. Asimismo se incluye un nuevo artículo para contemplar el derecho a la desconexión digital de las personas trabajadoras.

Sobre el registro de jornada se establece la posibilidad de implantación a nivel de grupo de empresa, empresa o centro de trabajo y se contempla que puedan establecerse normas para colectivos específicos (personas trabajadoras cuya prestación implique viajes al extranjero y personas trabajadoras itinerantes).

En materia de igualdad se adapta el texto del Convenio a un lenguaje inclusivo; así como a los últimos cambios legislativos en la materia (Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en empleo y ocupación).

Otros temas del acuerdo son la inclusión de una cláusula de jubilación obligatoria a la edad ordinaria de jubilación, como medida de rejuvenecimiento de plantillas; un complemento para la prestación de Incapacidad Temporal al 100% en caso de situaciones asimiladas a accidente de trabajo por confinamiento o contagio por COVID-19; o el compromiso para la elaboración de un documento sobre Estrategia para el Desarrollo Competitivo y Sostenible de la Industria Química 2030. En dicho documento se expondrán los objetivos y propuestas para impulsar el crecimiento del sector en línea con los objetivos de Desarrollo Sostenible.

*Para más información: www.feique.org

MundoPlast

09.04.2021

Otras noticias