EDANA: consecuencias de la clasificación errónea de las importaciones de PET spunbond
EDANA recuerda a sus miembros y a las partes interesadas del sector la obligación legal de cumplir con las normas de la UE sobre clasificación aduanera al importar no tejidos de terceros países.

En este sentido, recientemente se ha descubierto que existe un alto nivel de clasificación aduanera errónea en este sector. Esto podría tener consecuencias peligrosas y costosas para los importadores.
Así, tras reiteradas solicitudes de sus miembros, EDANA colaboró estrechamente con la Unión Europea y la Organización Mundial de Aduanas para introducir en 2024 los códigos aduaneros específicos NC 5603 14 20 y 5603 9420. El objetivo era mejorar el control de las importaciones de determinados productos de PET spunbond y fibras discontinuas.
Basándose en información de mercado, EDANA sabe que las importaciones de terceros países de los respectivos productos oscilaron entre 15.000 y 30.000 toneladas métricas en 2024 y 2025. Sin embargo, los volúmenes de importación reales registrados bajo los códigos NC creados específicamente fueron significativamente inferiores.
En este sentido, según Jacques Prigneaux, de EDANA, «Existe una clara discrepancia entre los volúmenes de importación observados en el mercado y lo que se declara bajo los códigos aduaneros correctos. A menudo, los importadores siguen utilizando códigos aduaneros obsoletos por costumbre, sin prestar la debida atención a los cambios en la Nomenclatura Combinada. Sin embargo, esto es problemático, especialmente cuando ciertos productos están sujetos a investigaciones por parte de las autoridades de la UE«.
Campaña de EDANA
Por ello, EDANA ha puesto en marcha una iniciativa de divulgación para concienciar a sus miembros. También se han puesto en contacto con la Comisión Europea y las autoridades aduaneras nacionales de los Estados miembros de la UE para solicitarles que refuercen los controles de importación.
Y es que una clasificación aduanera incorrecta no solo dificulta la labor de EDANA para supervisar los flujos de importación y proteger los intereses de sus miembros, sino que también puede tener graves consecuencias legales negativas para los importadores.
Las autoridades aduaneras penalizan las clasificaciones erróneas con aranceles adicionales, multas administrativas e incluso sanciones penales. «Para evitar estas sorpresas desagradables, recomendamos que todos los miembros y su cadena de suministro revisen y actualicen periódicamente sus bases de datos de clasificación aduanera, e instruyan a sus agentes de aduanas al respecto«, añade Prigneaux.
La concienciación y el cumplimiento normativo son especialmente importantes cuando las importaciones están sujetas a un control aduanero reforzado (como en el marco del registro de importaciones durante una investigación antidumping) o a regímenes comerciales o regulatorios especiales (como las importaciones libres de aranceles o con aranceles reducidos procedentes de países con los que la UE tiene acuerdos comerciales especiales).
Investigación antidumping
Asimismo, actualmente, ciertos productos de PET spunbond procedentes de China están sujetos a una investigación antidumping de la UE y las importaciones se sometieron a registro en diciembre de 2025. La definición exacta del producto objeto de la investigación es: «láminas no tejidas punzonadas de filamentos de poliéster, reforzadas o no con fibra de vidrio, de peso superior a 70 g/m², de espesor superior a 0,5 mm pero inferior o igual a 1,8 mm, impregnadas con uno o más aglutinantes, con un contenido de fibra de vidrio inferior al 30 % en peso, sin recubrir ni revestir«.
Todas las importaciones de estos productos deben clasificarse en el código TARIC 5603 1390 70, el código NC 5603 14 20 o el código TARIC 5603 1480 70.
*Para más información: www.edana.org













