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Un año del impuesto a los envases plásticos no reutilizables
Esta semana, en el marco de la feria Plastics & Rubber, celebrada en L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona), el Centro Español de Plásticos (CEP) y la firma Ayming han hecho balance del primer año del impuesto a los envases de plástico no reutilizables.
En abril de 2022 se publicó la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, donde se establecía el nuevo impuesto especial medioambiental sobre Envases de Plástico No Reutilizables, que entró en vigor el 1 de enero de 2023.
A finales de ese mismo año, el Centro Español de Plásticos (CEP) realizó una encuesta sobre el impuesto en la que participaron más de 150 empresas. A partir de las respuestas, la asesoría Ayming ha elaborado un estudio que se ha presentado esta semana en la feria Plastics & Rubber. El Director del CEP, Marc Monnin, introdujo a los profesionales de Ayming encargados de presentar el informe, Faysal Asakale y Sonia Álvarez.
Detalles del estudio
Faysal Asakale explicó que el estudio se divide en diversos bloques que analizan diferentes aspectos relacionados con el impuesto y/o su aplicación. Así, por ejemplo, en el primero, sobre su complejidad, los resultados de la encuesta son claros: para el 92% de las empresas no resulta comprensible el funcionamiento del impuesto. En la misma ínea, para el 78% de los encuestados la ley no define de forma clara el ámbito del impuesto.
Como consecuencia, el 60% de las empresas que han participado en la encuesta consideran que la ley necesitaría una reforma integral y el 33%, parcial. Igualmente, un abrumador 95% ve necesario un reglamento que regule mejor el impuesto.
Relacionado con la complejidad de la norma, el 74% de los encuestados manifestó que no fueron útiles sus consultas realizadas a la Dirección General de Tributos (DGT). En este punto, Ayming explica que el impuesto y su complejidad generó muchas dudas que las empresas trataron de aclarar consultando en gran número a la DGT. Aunque por lo que muestra el estudio, sin demasiado éxito.
Siguiendo con la gestión del impuesto, el 85% de las firmas califica la misma de compleja, y un 78% reconoce que ha necesidado el apoyo de una consultora para tal fin. Entre las tareas más difíciles, figura conseguir la información de los proveedores, con un 20%; la trazabilidad del envío y la documentación de la devolución (8%); o la llevanza del libro de registro (7%). En conjunto, estas labores han sido las más complicadas para el 60% de las empresas participantes en la encuesta.
Otros aspectos
Relacionado con el tema de la colaboración de los proveedores facilitando datos de la cantidad de plástico total y de la cantidad de reciclado en los envases adquiridos, un 11% indica que la colaboración ha sido cero. Para el 14% ha habido poca colaboración. El 18% manifiesta que ha tenido algo de colaboración. Un 27% apunta una colaboración razonable y el 30% califica la colaboración con sus proveedores de éxito.
El estudio dice que el 50% de las empresas tuvo derecho a la devolución del impuesto pero de estos, el 61% no pudo conseguir la documentación necesaria para ello, lo que les resta competitividad.
En el apartado del impacto económico del impuesto se pregunta por el umbral de exención fijado en 5 kilos de plástico. Aquí el 85% lo considera insuficiente, máxime si se compara con la única legislación parecida que es la de Reino Unido, cuyo umbral se sitúa en las 10 toneladas. Por ello, el 76% echa en falta más exenciones al pago del impuesto.
El importe medio de las declaraciones mensuales fue de menos de 1.000 euros para el 40% de las empresas y sólo el 11% superó los 100.000 euros. En el caso de las declaraciones trimestrales, el 43% se situó por debajo de los mil euros. El 21% de los encuestados tributa más de 15.000 euros en sus declaraciones trimestrales, mientras que en las declaraciones mensuales el 34% de los encuestados
tributa más de esa cantidad.
Para la mayoría de las empresas participantes en la encuesta (91%), el impuesto no está cumpliendo su finalidad medioambiental. Asimismo, el 84% no ve factible sustituir el plástico por otro material, sin embargo, el 51% ha tomado medidas para reducir el uso de envases plásticos. Por último, el 73% entiende que el impuesto les resta competitividad.
Novedades para 2024
Sonia Álvarez habló de las novedades en la gestión del impuesto para 2024. Concretamente, en lo relativo a la certificación del contenido reciclado, ya que en 2024 no basta con una declaración responsable firmada por el fabricante, sino que se requiere una certificación de una entidad acreditada según la norma UNE-EN 15343:2008 del contenido reciclado del envase para no tributar.
En el caso de los envases fabricados en España, esa entidad ha de estar acreditada por ENAC. Si los envases están fabricados en otros países de la UE, han de ser entidades acreditadas por un organismo nacional de cualquier otro Estado miembro. Por último, los envases producidos en terceros países han de estar acreditados por una entidad reconocida por ENAC.
Álvarez puso también ejemplos de productos que no forman parte del ámbito objetivo del impuesto, como unas bolsas de plástico para calentar comida mediante una reacción química. También, envases no reutilizables formados exclusivamente por adhesivos poliméricos; o rollos de papel con aros de plástico circulares. Asimismo, envases que contienen sustancias de las que no se pueden separar al final de su vida útil, como recipientes de gel antimosquitos o film plástico para elaborar sobres que contienen granulados antihumedad para alimentos envasados. O los forros de libros.
Casuística y consejos del impuesto sobre envases de plástico no reutilizables
Desde Ayming, consideran sin embargo que hay otros supuestos donde sí aplica el impuesto, como las tripas artificiales de embutidos. Por todo ello, consideran que hay poco margen de aplicar la exclusión del impuesto y que los criterios para ellos están poco claros.
Por lo que respecta a los productos plásticos semielaborados como una malla que luego otros manipulan para envasar fruta, por ejemplo, solo habría de pagar el impuesto el primer fabricante de la malla, no el manipulador.
Sonia Álvarez dijo también que importadores de envases pagan el impuesto para envases de plástico en Aduanas, pero si el producto sale de España pueden solicitar la devolución, aunque para ello tienen que responsabilizarse del transporte y demostrarlo.
Otro tema recurrente es la demostración de que un envase es reutilizable (para evitar pagar el impuesto). Para ello, Ayming aconseja la certificación según la norma UNE-EN 13429:2005 y recopilar las fichas técnicas del fabricante, catálogo, información comercial/técnica…
Para calcular la base imponible, la cuantía real en kilos de plástico no reciclado presente en los envases recomiendan recopilar pruebas de que esa información se ha solicitado a los proveedores de forma recurrente sin éxito. Y si no se ha conseguido, mejor declarar una cantidad razonable que no hacerlo, de cara a posibles sanciones.
En cuanto a la acreditación del plástico reciclado existen dificultades por parte de las entidades acreditadas para expresar el porcentaje de plástico reciclado y la cantidad en kilos. Sobre el libro de registo, la representante de Ayming dijo que no hay que presentarlo, si no hay que pagar el impuesto, a diferencia del modelo de liquidación, que siempre ha de presentarse.
*Para más información: www.cep-plasticos.com / www.ayming.es
08.03.2024