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Certificar la condición de fin de residuo


24/07/2023

ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, recuerda que es necesaria una certificación acreditada para determinar la condición de final de residuo para los termoplásticos.

fin residuo plastico

Como ya informamos, la Orden TED/646/2023 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) establece los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuos según la Ley 7/2022.

En este sentido, el ministerio establece que los productores o importadores deberán implantar o exigir respectivamente un sistema de gestión certificado que les permita demostrar su cumplimiento. El sistema habría de estar certificado por una entidad acreditada de acuerdo al Reglamento nº765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. Según ENAC, esto implica, en el caso de España, disponer de una acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Esta orden ministerial se suma a otras anteriores relativas a la recuperación de otros materiales. Es el caso del caucho granulado y el polvo de caucho, papel y cartón recuperados, aceites usados y residuos MARPOL. Aquí también se exigía certificación acreditada.

Faltan entidades acreditadas

Desde ENAC señalan que, aunque en los primeros reglamentos europeos, la evaluación del sistema de gestión la podían hacer también verificadores medioambientales acreditados para el reglamento EMAS, en esta ocasión y, desde 2021, solo se admiten las entidades de certificación acreditadas.

Así, cada norma fija los elementos específicos para el sistema de gestión exigido. Es el caso de admisión de materiales, muestreos, procesos de tratamiento, supervisión y control, calidad del producto resultante, inspección necesaria, etc. En este sentido se trata de un sistema distinto del de gestión de calidad estándar, lo que justifica que su certificación deba ser también la apropiada y ajustada al propósito perseguido.

Además, ENAC señala que, en la actualidad, no hay entidades acreditadas para esta actividad, a pesar de que en su momento (en 2013) ya elaboró, en línea con las indicaciones de la European Accreditation (EA), el correspondiente esquema de acreditación (descrito en el documento RDE 10).

*Otras noticias relacionadas:

Publicada la Orden sobre el fin de residuo para termoplásticos

*Para más información: www.enac.es

MundoPlast

24.07.2023

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