Propuesta normativa para toallitas y globos
La CNMC propone reforzar la seguridad jurídica de la normativa de gestión de residuos de las toallitas y los globos.
A solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la gestión de los residuos de las toallitas húmedas y de los globos (PRD).

Dicho proyecto de norma establece un marco regulador para reducir el impacto ambiental de las toallitas húmedas y los globos de un solo uso. Para lo cual contempla medidas para la prevención y el tratamiento más eficiente de estos residuos.
Igualmente, la norma estipula la responsabilidad ampliada del productor así como una mayor coordinación entre las administraciones y los agentes para mejorar la transparencia, la eficacia y la seguridad jurídica.
En este sentido, el informe elaborado por la la CNMC es positivo, aunque señala algunos puntos a mejorar desde el punto de vista de la promoción de la competencia y los principios de buena regulación.
Así, entre los aspectos susceptibles de mejora identificados por la CNMC figuran:
-Justificar el umbral que obliga a elaborar planes de prevención y ecodiseño, y valorar que se actualice con menos frecuencia.
-Velar por que las especificaciones territoriales en las autorizaciones de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor estén justificadas y sean proporcionadas, para así preservar su eficacia nacional.
-Establecer un plazo concreto para emitir el informe de la Comisión de Coordinación, para reforzar la seguridad jurídica y la agilidad del procedimiento.
-Elaborar un convenio tipo consensuado que facilite y homogeneice las negociaciones con las administraciones públicas y reduzca la incertidumbre para los operadores.

Papel consultor de la CNMC
La petición del MITECO a la CNMC se enmarca dentro de las funciones consultivas de esta última. Y es que las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios pueden consultar a este organismo. Todo ello, de acuerdo con el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o de oficio según el artículo 5.1.h.
*Para más información: Informe de la CNMC













