Normativa, Reciclaje

La Comisión Europea aclara las normas sobre el reciclado de botellas de plástico

La semana pasada, La Comisión Europea adoptó nuevas normas sobre el reciclado de botellas de plástico de un solo uso para bebidas, principalmente de PET. 

Estas normas establecen, por primera vez, una metodología para calcular, verificar y notificar el contenido reciclado químicamente. Esto forma parte del paquete sobre plásticos de la Comisión de diciembre de 2025.

Las nuevas normas garantizarán la transparencia en el cálculo del contenido reciclado en las nuevas botellas de PET de un solo uso. Esto es clave para crear unas condiciones de competencia equitativas y proporcionar seguridad de inversión para el sector del reciclaje de plásticos.

Las nuevas normas pueden aplicarse a cualquier tecnología de reciclado, incluidas las tecnologías de reciclado químico y mecánico. Esto ayudará a los Estados miembros a cumplir el objetivo de contenido reciclado establecido en la Directiva sobre plásticos de un solo uso.

El reciclaje mecánico es actualmente el método más utilizado para reciclar plásticos. Esto se utiliza normalmente para clasificar, limpiar, triturar y transformar plásticos en nuevos productos. Sin embargo, algunos flujos de residuos plásticos no pueden reciclarse mecánicamente de manera efectiva.

Reciclaje químico

Es el caso, por ejemplo, de los residuos plásticos con restos de alimentos, aditivos y materiales mixtos que reducen la reciclabilidad. Aquí, el reciclaje químico puede complementar el reciclaje mecánico. A diferencia del reciclaje mecánico, el reciclaje químico descompone los plásticos en moléculas más pequeñas, que pueden reutilizarse como materias primas para nuevos plásticos u otros productos químicos. Esto ayuda a devolver más flujos de residuos plásticos a la economía circular, también para los productos que deben cumplir normas de alta calidad, como los envases en contacto con alimentos.

En una primera fase, la UE contará como material plástico reciclado el de la Unión y de los países del EEA, en los que puede verificarse plenamente el cumplimiento de las normas medioambientales de la UE. A partir del 21 de noviembre de 2027, también se contabilizará el plástico reciclado procedente de los países de la OCDE, a menos que se excluya en virtud del Reglamento sobre traslados de residuos. 

Igualmente, también se tendrá en cuenta el material procedente de países no pertenecientes a la OCDE cuando esté cubierto por disposiciones que garanticen normas equivalentes relacionadas con los requisitos de protección de la salud humana y del medio ambiente, por ejemplo, en la Directiva marco sobre residuos y en el Reglamento sobre envases y residuos de envases.

El contenido reciclado se contabiliza a efectos de los objetivos de la UE sobre la base de normas creíbles, rastreables y respetuosas con el medio ambiente.

Próximos pasos

El acto de ejecución se publicará en breve en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor veinte días después.

*Para más información: Acceso a los documentos de la Comisión

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